jueves, 7 de septiembre de 2017

Rechazan demanda en referimiento interpuesta por Guido Gómez Mazara contra el PRD

SANTO DOMINGO. La presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, rechazó la demanda en referencia a la Ejecución de Resoluciones, interpuesta por Guido Gómez Mazara, en contra del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) Consejo Nacional de Disciplina que expulsó de esa organización política.


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En su demanda, el exceso de confianza que el tribunal de suspender los efectos de la sanción disciplinaria que el impuesto, por supuestas violaciones al proceso.

En su ordenanza número 504-2017, el Tribunal dice que "dadas las circunstancias anteriormente expuestas, un juicio del juzgador, si bien nos ha sido reconocido la facultad de suspender o hacer cesar en determinadas circunstancias los efectos de un acto de la actividad jurídica en esta materia cuando sea a todas las luces manifiestamente ilícita, lo que no se retiren en el caso concurrente ".

Se recuerda, que el 24 de febrero de este año, Gómez Mazara fue separado de manera definitiva de las filas del PRD, tras la decisión adoptada por el Consejo Nacional de Disciplina, por presuntas violaciones tumbas de varios artículos de los estatutos y del reglamento de la ética de esa organización política.

Mientras tanto, el Tribunal Superior Electoral (TSE), también declaró inadmisible la acción de amparo incoada por cinco dirigentes en contra del PRD, bajo el alegato de violación de los artículos 22 y 216 de la Constitución y 59, 62 y 172 de los estatutos orgánicos de esa organización política.

Dicho recurso fue rechazado con la sentencia TSE / 022/2017, y adoptado con el voto unánime de los jueces que integran ese alto Tribual.

La barra de la defensa del Partido Revolucionario Dominicano, estuvo representada por José Miguel Vásquez García, junto al equipo de abogados compuesto por José Fernando Pérez Vólquez, Bunel Ramírez y Jhon Campos, en tanto que por la parte demandante estuvieron los abogados Luis Soto y Mario Rojas.

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